Asociación de docentes de la enseñanza concertada de Extremadura. www.adecex.com

Asociación de Docentes de Enseñanza Concertada de Extremadura

 

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Manifiesto de ADECEX ante los recortes en Educación

Públicos y privados concertados: "iguales en obligaciones, iguales en derechos"

(...)ADECEX lleva cinco años desarrollando acciones para defender el derecho a la homologación, que está recogido en distintas leyes orgánicas. Nuestra corta historia está representada por la lucha por la dignificación de los docentes de la enseñanza concertada de Extremadura. La participación de otras organizaciones representativas de la comunidad educativa extremeña en dichas acciones para defender nuestros derechos, ha sido prácticamente inexistente. También hemos participado en movilizaciones generales: contra la reducción salarial del 5 por ciento, de la jubilación a los 67 años y en la huelga general del pasado 29 de marzo. Y ahora que se acercan medidas drásticas contra el servicio público de la educación no vamos a mirar para otro lado como si con nosotros no fueran los recortes en Educación. Todo lo contrario, ADECEX rechaza los recortes presupuestarios en Educación del Gobierno de España y los anunciados por la Junta de Extremadura porque se traducirá en pérdida de empleo, masificación de las aulas, empeoramiento de las condiciones de trabajo del profesorado y de la atención personalizada al alumnado. Ajustes, recortes, que las Administraciones Educativas hacen recaer sobre las espaldas de los docentes del servicio público educativo.

Siempre hicimos gala de nuestra independencia, de no tener ningún tipo de hipoteca ni servidumbre. Nadie ni nada nos hará renunciar a ellos; son nuestro ADN, forman parte de nuestros principios. También la comunidad educativa extremeña sabe que siempre hemos manifestado que “cuanta mejor escuela pública, mejor para todos”, y que “no se mejora la calidad de la escuela pública combatiendo a la privada concertada, ni viceversa”. ADECEX siempre lo tuvo claro: ni antes, ni ahora, caben posturas de enfrentamiento entre la red pública y la privada concertada. La realidad es que el servicio público educativo es prestado por sendas redes. En la unidad nos encontrarán, y esta unidad pasa inequívocamente por asumir el carácter de servicio público de los centros privados concertados, cuyos trabajadores tienen unas peores condiciones laborales y salariales: más horas de trabajo, menos salario, etcétera.

ADECEX manifiesta que todos los sectores educativos, y en todo momento, deberían exigir a las Administraciones Educativas “iguales obligaciones, iguales derechos” para quienes prestan el servicio público de la educación en los centros sostenidos con fondos públicos.

 

19 y 20 de mayo

El Gobierno prevé que el peso de la enseñanza caiga del 4,9% al 3,9% del PIB en cinco años (EL PAÍS)

La Junta recortará más de 100 millones en sueldos (Diario HOY)

No hay aún datos, pero como ejemplo la Junta asevera que no contratar a 100 interinos supondría 1,3 millones extras entre septiembre y diciembre.

La nueva asignatura de Ciudadanía incluye la exigencia de los obispos (EL PAÍS)

El objetivo es eliminar las “cuestiones controvertidas y susceptibles de adoctrinamiento ideológico” de esta asignatura.

 

17 de mayo

El PP aprueba en solitario los recortes en sanidad y educación (Diario HOY)

Real Decreto-ley 14/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito educativo (BOE, 21 de abril de 2012)

Artículo 1. Objeto.
El objeto de este Real Decreto-ley es adoptar medidas urgentes para la racionalización del gasto público en el ámbito de la educación, de conformidad con los principios de eficiencia y austeridad que deben presidir el funcionamiento de los servicios públicos.
TÍTULO I
Educación no universitaria
Artículo 2. Ratios de alumnos por aula.
Cuando, por razones de limitación del gasto público, la Ley de Presupuestos Generales del Estado no autorice la incorporación de personal de nuevo ingreso mediante Oferta de Empleo Público o establezca, con carácter básico, una tasa de reposición de efectivos inferior al 50 por 100, las Administraciones educativas podrán ampliar hasta un 20 por 100 el número máximo de alumnos establecido en el artículo 157.1.a) de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para la educación primaria y secundaria obligatoria.
Este porcentaje de ampliación resultará asimismo aplicable a los límites máximos de número de alumnos fijados mediante norma reglamentaria para las restantes enseñanzas reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Lo dispuesto en este artículo resulta de aplicación tanto a los centros docentes públicos como a los privados sostenidos con fondos públicos.
Artículo 3. Jornada lectiva.
1. La parte lectiva de la jornada semanal del personal docente que imparte las enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en centros públicos y privados sostenidos con fondos públicos será, como mínimo, de 25 horas en educación infantil y primaria y de 20 horas en las restantes enseñanzas, sin perjuicio de las situaciones de reducción de jornada contempladas en la normativa vigente.
2. El régimen de compensación con horas complementarias será como máximo de una hora complementaria por cada período lectivo, y únicamente podrá computarse a partir de los mínimos a los que se refiere el apartado anterior.
Artículo 4. Sustitución de profesores.
En los centros docentes públicos, el nombramiento de funcionarios interinos por sustitución transitoria de los profesores titulares se producirá únicamente cuando hayan transcurrido diez días lectivos desde la situación que da origen a dicho nombramiento. El período de diez días lectivos previo al nombramiento del funcionario interino deberá ser atendido con los recursos del propio centro docente.
Lo dispuesto en el párrafo anterior resultará asimismo de aplicación a las sustituciones de profesorado en los centros docentes privados sostenidos con fondos públicos.

Artículo 5. Implantación de enseñanzas de formación profesional.
Todas las disposiciones contempladas en el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, a excepción de la disposición adicional séptima, serán de aplicación en el curso 2014-2015.
Los ciclos formativos de grado medio y grado superior cuya implantación estuviera prevista para el curso escolar 2012-2013 se implantarán en el curso escolar 2014-2015.
Las Administraciones educativas podrán anticipar la implantación de las medidas que consideren necesarias en los cursos anteriores.

Disposición derogatoria única.
Quedan derogados los apartados 3 y 4 del artículo 13 del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.
Disposición final primera. Fundamento competencial.
Este real Decreto-ley tiene carácter de legislación básica y se dicta al amparo de las competencias que los apartados 1.ª, 13.ª, 18.ª y 30.ª del artículo 149.1 de la Constitución reservan al Estado en materia de regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, de planificación general de la actividad económica, de régimen estatutario de los funcionarios públicos, y de desarrollo del artículo 27 de la Constitución a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
El Gobierno dictará las disposiciones que sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este real Decreto-ley.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
Este real Decreto-ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Apnaba tiene que suspender su servicio de diagnóstico del autismo por falta de fondos (Periódico Extremadura)

Freapa-CP llama a las familias y a los sectores educativos a apoyar la huelga general en la enseñanza del 22 de mayo (Europa Press)

 

10 de mayo

PLENO ASAMBLEA EXTREMADURA

Pregunta Víctor Manuel Casco Ruiz (Izquierda Unida).-¿Cree la Junta de Extremadura que la calidad de la enseñanza educativa es compatible con la masificación de las aulas?

Responde Trinidad Nogales Basarrate (Consejera Educación y Cultura).- SEÑORÍA, habría que aclarar qué se entiende por masificación de aulas y qué relación de proporcionalidad guardan la calidad educativa y el éxito educativo, por tanto, con la ratio del número de alumnos, porque le garantizo que las aulas en Extremadura no se van a masificar...

Pregunta María Ignacia Ruiz de Gauna Burguillos (PSOE).-¿Cómo afectará el previsto aumento de alumnos por aula y la disminución del profesorado a los alumnos que presentan necesidades educativas especiales?

Responde Trinidad Nogales Basarrate (Consejera Educación y Cultura).-Señora diputada, en ningún caso las medidas que se anuncian van a incidir negativamente en la atención al alumnado con necesidades educativas especiales...

Pregunta Fernanda Ávila Núñez (PSOE).-¿Qué piensa la Junta de Extremadura de que por primera vez no hayan participado todas las asociaciones en la convivencia final de los Juegos Deportivos Extremeños del Deporte Especial (JEDES)?

Responde Pedro Tomás Nevado-Batalla Moreno (Consejero de Administración Pública).- En primer lugar, en relación con su pregunta, nuestra valoración es que los Juegos Extremeños de Deporte Especial han sido un éxito con la participación de más de 50 entidades. En segundo lugar, señoría, nuestra también, una segunda parte, la otra cara de la moneda, es de tristeza y de profunda decepción porque una organización como FEAPS no haya participado en un evento tan importante y que una parte muy importante y muy especial, valga la redundancia, de deportistas no pudieran, no pudieran participar. Y es más decepcionante y más triste, señoría, porque realmente las razones de la no participación —y ahora seguramente usted me dará su opinión— es simplemente porque no se habían cobrado las subvenciones, cuando había habido reuniones previas en las que nada se había planteado, una carta en la que se apuntaba esa posible, esa posibilidad de no participación pero realmente, realmente no se había dicho nada hasta dos días, hasta dos días antes.
En cualquier caso también entendemos que si nos atendemos a los… si nos atenemos a los antecedentes es todavía más triste y más decepcionante que se utilizara una medida tan desproporcionada...

 

5 de mayo

Los sindicatos mayoritarios de la privada concertada, de la movilización frente a Vara al consentimiento con Monago (NOSOLOMERIDA)

 

LAS RATIOS QUE COMPROMETIÓ EL GOBIERNO DE MONAGO

Guadalupe Moral: ¿Qué pasa con el compromiso de bajar las ratios, que han crecido?

César Díez Solís (Secretario General de la Consejería de Educación y Cultura): "Hay centros que superan el máximo legal de alumnos por docente --25 alumnos en Primaria y 30 en Secundaria-- y eso hay que estudiarlo centro por centro. Es consecuencia de bajar un 10% el presupuesto, porque desde las competencias las ratios bajaron y hay que volver a esa línea". (26 de julio de 2011, Periódico Extremadura)

*RELACIONES MEDIAS DE ALUMNOS/UNIDAD ESCOLAR MÍNIMAS EN LOS CENTROS PRIVADOS CONCERTADOS PARA EL CURSO 2011/2012

Localidad

Nº centros

Ratio mínimo aplicable equivalente

Infantil

Primaria

ESO

Bachiller

CFGM

CFGS

PCPI

Almendralejo

2

24,18

21,76

21,30

 

 

 

 

Arroyo de la Luz

1

15,50

15,67

18,92

 

 

 

 

Badajoz

12

23,36

21,39

20,60

20,74

14,17

16,84

12,92

Cabeza del Buey

1

14,20

14,75

20,70

 

 

 

 

Cáceres

11

21,10

20,19

19,90

 

 

 

 

Coria

1

18,47

19,29

19,09

 

 

 

 

Don Benito

2

23,42

23,88

22,33

 

15,29

15,58

 

Fuente de Cantos

1

18,00

17,00

21,63

 

 

 

 

Guareña

1

19,33

22,69

23,22

 

 

 

 

Hornachos

1

21,67

 

 

 

 

 

 

Llerena

1

16,50

17,67

17,80

 

 

 

 

Mérida

8

20,63

21,89

23,73

26,28

18,84

 

 

Miajadas

1

19,57

21,56

19,90

 

 

 

 

Montánchez

1

8,00

8,33

17,91

 

 

 

 

Montemolín

1

9,66

10,12

 

 

 

 

 

Montijo

1

23,88

22,52

21,07

 

 

 

 

Navalmoral de la Mata

1

22,00

21,77

21,33

 

 

 

 

Olivenza

1

24,11

22,44

20,28

 

 

 

 

Plasencia

5

22,32

22,37

21,05

 

 

 

 

Puebla de la Calzada

2

21,25

22,43

19,36

 

 

 

 

Talarrubias

1

17,33

18,43

19,33

 

 

 

 

Trujillo

2

16,60

15,42

18,48

 

 

 

 

Valencia de Alcántara

1

14,67

17,33

19,64

 

 

 

 

Valdivia

1

 

 

 

 

15,90

17,88

13,60

Valverde de Leganés

1

15,83

17,09

18,33

 

 

 

 

Villafranca Barros

3

24,75

21,00

20,07

 

 

 

 

Villanueva de la Serena

1

22,24

22,05

20,96

 

 

 

 

Zafra

1

21,71

22,55

24,06

 

 

 

 

 

 

Concentración ante la Asamblea de Extremadura para reivindicar la inclusión de la homologación en la Ley de Educación de Extremadura

 

Mérida, 23 de febrero de 2011